Un hombre de 59 años identificado como Marcos Osvaldo Molina fue condenado a 13 años de prisión por haber abusado sexualmente de la hija de su pareja en Recreo
Trece años de prisión para un hombre que abusó sexualmente de la hija de su pareja en Recreo
Se trata de Marcos Osvaldo Molina, de 59 años. Los ilícitos fueron cometidos durante la infancia y la adolescencia de la víctima, en una vivienda en la que convivían.

Tribunales de Santa Fe. Foto ilustrativa.
La sentencia fue ordenada por un tribunal integrado por los jueces Lisandro Aguirre (presidente), Sergio Carraro y Octavio Silva, en un juicio oral que se desarrolló en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.
El fiscal Matías Broggi estuvo a cargo de la investigación y representó al MPA en el debate. Tras conocer el veredicto, destacó que “Molina fue condenado, el tribunal lo hizo por unanimidad, por las mismas calificaciones que planteamos desde la Fiscalía y por una pena que es sólo un año menor a la que habíamos pedido en nuestros alegatos de clausura”.
Broggi indicó que “el condenado cometió los ilícitos desde 2011, año en el que la víctima transitaba el último tramo de su escolaridad primaria, hasta 2019 o 2020, cuando ella ya había alcanzado la mayoría de edad”.
Al respecto, aseveró que “si bien la frecuencia de los abusos disminuyó durante la adolescencia de la joven, las agresiones sexuales fueron sistemáticas y sostenidas en el tiempo”.
“Las conductas delictivas tuvieron lugar en un inmueble en el que el grupo familiar convivía en Recreo”, señaló el funcionario del MPA. “En el marco de las situaciones abusivas, el agresor solía amenazar a la víctima para que ella no hablara con otras personas sobre lo sucedido”, explicitó y añadió que “había un claro contexto de violencia doméstica ejercida por él, que operó como mecanismo de silenciamiento”.
El fiscal del MPA también refirió que “en abril de 2022, Molina fue excluido de su hogar por resolución judicial, a pedido de la mujer que era su pareja y temía que él les hiciera daño a las personas de su entorno”.
En tal sentido, afirmó que “una vez que el agresor se había mudado, la víctima de los abusos reveló sus padecimientos y radicó la denuncia que originó la investigación penal”.
Tal como lo había solicitado el MPA, Molina fue condenado como autor de abuso sexual con acceso carnal agravado (por la convivencia).